Después de leer algunos de los comentarios sobre el tema de la explotación de la mina de Pueblo Viejo y la Barrick Gold, aun me quedo con la duda sobre a qué realmente se están oponiendo las personas que se expresan en contra de dicha explotación minera. Es decir, acaso el motivo de la explotación se debe a que la misma sea dirigida por una compañía privada? Por otro lado, cual es la naturaleza de la oposición? Es la oposición fundamentada en los términos del contrato establecido? O se es que dichas personas se oponen al posible impacto ambiental que pueda generar la explotación minera?
Para contribuir al debate, me gustaría precisar algunos puntos que entiendo sobre el mismo.
Primero, la mina en cuestión ha estado produciendo una serie de contaminación ambiental en la zona, desde hace décadas, debido a la cantidad de sulfuros expuestos en el ambiente. Lamentablemente, la única forma de disminuir el impacto ambiental de dicha contaminación es mediante la explotación minera de estos sulfuros. Como explica el Ing. Frank Sánchez, Decano de Planificación y Desarrollo del Instituto Tecnológico del Cibao Oriental (ITECO):
''La mina de oro en cuestión es un yacimiento de sulfuros, o sea, minerales que contienen azufre asociado a elementos químicos como hierro, plata, arsénico, oro y otros. Los sulfuros tienen la propiedad de reaccionar fácilmente con el aire y la humedad produciendo óxido de sulfuro, que al evaporarse reacciona con el hidrógeno en las nubes y produce ácido sulfúrico. Éste se precipita con la lluvia y al escurrirse por el yacimiento arranca del mineral metales pesados como hierro, zinc y otros, los cuales son transportados junto al óxido de hierro en las corrientes de agua que manan hacia arroyos y ríos, con altos niveles de acidez, contaminando recursos hídricos y suelos. Pero además se produce un ciclo permanente en el cual con el paso del tiempo la lluvia va tornándose cada vez más ácida.''
Segundo, pienso que todo país debe de explotar al máximo sus recursos ambientales siempre y cuando estos proyectos sean rentables. Naturalmente, la medida adecuada de rentabilidad debe incluir los costos externos y la reparación de los daños ambientales ocasionados.
Me parece muy injusto que las personas de la zona de pueblo viejo sufran de precariedades económicas cuando las mismas están sentadas sobre un yacimiento de oro importante. En el marco de políticas adecuadas, la actividad de explotación de esta mina generará empleos e ingresos a las familias de la zona. Después de todo, esta riqueza les pertenece a los habitantes de la zona y por tanto deben de disfrutar de su explotación.
También, hay que considerar que el Estado Dominicano no tiene la experiencia ni tampoco los recursos tecnológicos para realizar esta explotación. Por eso, para garantizar la mayor rentabilidad posible, hay que dejar la explotación a un consorcio privado experimentado.
Sin embargo, la enmienda realizada al acuerdo firmado entre la Barrick Gold y el Gobierno Dominicano contiene en el artículo 8.4(a) dos puntos que merecen la atención de todos.
El primero indica que el Estado Dominicano no recibirá beneficios de la explotación hasta tanto la empresa minera recupere su inversión. Esto implica que en un ambiente en que la empresa minera incremente (o abulte) indefinidamente la suma de inversión estimada, el Estado Dominicano perdería o, más aún, nunca recibiría recursos de dicha explotación.
El segundo punto establece que el Estado Dominicano tampoco recibiría recursos de la explotación hasta tanto la empresa minera obtenga una tasa interna de retorno de un 10% sobre su inversión. Dicha tasa es obtenida una vez que los flujos de efectivos acumulados descontados, netos de la inversión del proyecto, alcancen el valor de cero. Esto abre la posibilidad de que luego de recuperada la inversión, la empresa minera pueda estar percibiendo beneficios netos sin tener que pagar la participación del 28.75% que le corresponde al Estado Dominicano hasta que dicho nivel de rendimiento se cumpla.
Dado que estos importantes señalamientos podrían resultar lesivos para el beneficio de nuestro país y de la comunidad de Pueblo Viejo, es de suma importancia obtener su modificación. Por esto, no creo que el problema fundamental con la explotación de la mina de Pueblo Viejo radique en quien este encargado de realizar la explotación, o mucho menos en los impactos externos de la misma, sino el problema se fundamenta en las condiciones establecidas para retribuir los beneficios que le corresponden por naturaleza al Estado Dominicano.
La mina de Pueblo Viejo debe ser explotada para la salud ambiental de la zona y el mejoramiento económico de sus habitantes y nuestro país. Por eso, es de suma importancia que el Presidente Leonel Fernández reintroduzca dicho contrato al congreso sometiendo las modificaciones adecuadas que garanticen los beneficios de la República Dominicana, ya que bajo los términos contractuales actuales, los beneficios nuestros no quedan claramente definidos.
2 comments:
No es cierto que RD no recibira ganancias, ya las estamos recibiendpo de hecho, y hace poco acvordaron que cederian el 5% a un municipio
Alina,
en ninguna parte del articulo se menciona que "RD no recibira ganancias," lo que si sostengo es que los beneficios "No estan claramente definidos". No tengo informacion del 5% que se "acordo recientemente para un municipio", el cual tu mencionas. Sin embargo, lo que si te puedo asegurar es que sin importar del porcentaje que se acuerde otorgar, hasta que los dos puntos que menciono no se cumplan, de la unica manera que la RD recibe beneficios de esa mina es si la Barrick se apiada de nosotros.
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